lunes, 29 de junio de 2020

Uso de cachimbas en la Nueva Normalidad tras la Covid-19

La Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía en el BOJA extraordinario número 41 de 25 de junio de 2020, en el apartado tercero de la Orden de 25 de junio de 2020, por la que se modifica la Orden de 19 de junio de 2020 por la que se adoptan medidas preventivas de salud pública en la Comunidad Autónoma de Andalucía para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus (COVID-19), una vez superado el estado de alarma, añade una  modificación del apartado decimosegundo de la Orden de 19 de junio de 2020. 

Se añade la letra h) al apartado decimosegundo, que queda redactado de la siguiente manera:

 «h) El uso de las pipas de agua o cachimba en bares, establecimientos de hostelería y restauración deberá respetar las siguientes medidas preventivas adicionales: 

1.ª Las pipas de agua o cachimbas y sus accesorios, tales como boquilla y manguera, serán de uso individual y nunca compartido. 

2.ª El producto para su uso en pipa de agua o cachimba y los accesorios -manguera y boquilla- deben llegar al consumidor final en su embalaje original y etiquetado, sin manipulación previa por parte de persona distinta del mismo. Deberán desecharse tras sus uso. 

3.ª Después de cada uso se procederá a la desinfección de la pipa de agua o cachimba y de todas las superficies en contacto con la misma. 

4.ª Tras cada limpieza y desinfección, la pipa de agua o cachimba quedará almacenada en recinto cerrado y, si esto no fuera posible, lejos de zonas de paso de clientes y trabajadores.»


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